Inteligencia Artificial y Propiedad Intelectual

    Cada vez con mayor frecuencia, la inteligencia artificial (IA) genera importantes avances en la tecnología y las empresas. Se está empleando en una amplia gama de sectores y tiene repercusiones en prácticamente todos los aspectos del proceso creativo. La disponibilidad de grandes cantidades de datos de entrenamiento y los avances que hacen asequible contar con una capacidad de cálculo elevada impulsan el crecimiento de la IA. Esta interactúa con la propiedad intelectual (PI) de varias maneras.

    Existen sistemas algorítmicos que tienen la capacidad de crear obras e invenciones prácticamente sin intervención alguna de personas humanas. Ya existen máquinas que escriben artículos de noticias, hacen de poetas, pintan cuadros, componen sinfonías y hasta inventan nuevos productos de forma autónoma…y cada día aprenden a hacerlo mejor.

    El debate sobre el impacto de la IA se ha abierto en todo el mundo y ya surgen posiciones favorables al reconocimiento, como obras protegibles, de las creaciones autónomas generadas por un sistema IA. Un buen ejemplo de ello, lo constituye la sentencia emitida por el Tribunal chino de Shenzhen a principios de 2020, en la que se reconocía derechos de autor a un artículo escrito por un algoritmo de IA.

    Cercana a esta posición, parece también la legislación de los países de la common law, que disponen de una normativa para la protección de los trabajos generados por programas de ordenador, y en la que, si bien concede a las creaciones de sistemas IA la categoría de obras, se reserva la titularidad de los derechos sobre las mismas, a favor de la persona física que haya llevado a cabo el esfuerzo o la programación que ha dado lugar a la creación.



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